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Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas

A continuación se presenta toda la normativa que establece potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas para este Organismo (Sistema de Empresas).

Potestad, competencia, responsabilidad, función, atribución y/o tareas Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente
El SEP tiene la facultad de servir al Estado como organismo técnico asesor en los términos del art. 6 letra a) del D.F.L. 211 de 1960, con relación al control de gestión de las empresas del sector estatal que se relacionan con el Gobierno a través de los distintos Ministerios, y siempre que sea expresamente requerido para prestar esa asesoría por el o los respectivos Ministerios. Esta asesoría consiste básicamente en la ejecución de las siguientes actividades:

1) Validación de las declaraciones fundamentales de las empresas, relativas a su misión y área de negocios.
2) Revisión e informe de los planes estratégicos de las empresas, para lo cual efectuará la validación de un Plan de Desarrollo acorde con lo anterior y que considere metas anuales de producción, costos, rentabilidad e inversiones.
3)  Revisión e informe de los proyectos de presupuestos anuales y solicitudes de modificación presupuestaria de las empresas, previo a su presentación al Ministerio de Hacienda. Con tal objeto, entregará una opinión razonada respecto a la alineación del proyecto de presupuesto y sus modificaciones con los compromisos estratégicos y de gestión de cada empresa, como también su opinión técnica sobre los nuevos proyectos que se propongan.
4) Informes trimestrales sobre el avance físico y financiero de proyectos en ejecución de las empresas, en concordancia con el Plan de Desarrollo definido.
5) Reportes trimestrales del cumplimiento de los indicadores de gestión de las empresas, según las metas propuestas e indicadores estándares de la industria.
6) Evaluación económica de algunos proyectos realizados por las empresas, elegidos de acuerdo a la magnitud de los recursos involucrados y  a su importancia estratégica.
7) Propuesta y evaluación de los Planes de Gestión anuales de las Empresas Públicas Portuarias.

En mérito de lo anterior el SEP ejerce el control de gestión respecto de 26 empresas en que el Estado es dueño o accionista y que cubren diversos sectores vitales para el país.

En el ámbito minero se encuentran la Empresa Nacional del Carbón S.A. – ENACAR S.A.. Respecto del área transporte se encuentran la Empresa de Transportes de Pasajeros – METRO S.A.; la Empresa de los Ferrocarriles del Estado – EFE y las 10 Empresas Portuarias Estatales (Empresa Portuaria Arica; Iquique; Antofagasta; Coquimbo; Valparaíso; San Antonio; Talcahuano San Vicente; Puerto Montt; Chacabuco y Austral). En cuanto al área de servicios, el SEP ejerce el control de gestión de Casa de Moneda S.A.; de la Empresa de Correos de Chile; de la Zona Franca de Iquique S. A. - ZOFRI S.A.; de la Sociedad Agrícola y Servicios Isla de Pascua Ltda. - SASIPA Ltda..; de la empresa Comercializadora de Trigo S.A. - COTRISA S.A.; de la Polla Chilena de Beneficencia S.A. – POLLA S.A. y de la Sociedad Agrícola SACOR Ltda. Por otra parte y en el rubro sanitario, se encuentran la Empresa Concesionaria de Servicios Sanitarios S.A. ECONSSA S.A. (Ex ESSAN S.A.) y la Empresa de Servicios Sanitarios Lago Peñuelas S.A.
1) Resolución  (A) Nº 86, de 5 de abril de 2002 del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO (Nº 1, letra c)
2) DS. Nº 943 de 10 agosto de 2000, del Ministerio de Hacienda, Economía, Transporte y Telecomunicaciones y Secretaría General de Gobierno, que establece formas y condiciones en que el SAP proporciona asesoría técnica a las empresas públicas y sociedades del sector públicas y sociedades del sector estatal
3) Resolución (A) 120 de 24 mayo de 2000, de la Vicepresidencia de CORFO, que puso en ejecución el Acuerdo No. 2.074 de 15 de mayo de 2000 del Consejo de CORFO.
4) ORD. 1.324 de 5 de mayo de 2000 de los Ministerios de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones, Secretaría General de Gobierno, Economía Fomento y Reconstrucción, de Minería y de Energía, y de Hacienda.

El SEP administración de los derechos, acciones y cuotas que tenga o le correspondan a la CORFO en sociedades y/o entidades sin fines de lucro, para lo cual puede designar y remover a los representantes de CORFO en las juntas de accionistas y en las reuniones o asambleas de socios en  las sociedades y/o entes sin fines de lucro en los cuales explicitamente se le haya encargado la actuación.

En mérito de lo anterior el SEP administra las acciones y derechos de CORFO en las siguientes empresas: Empresa de Transporte de Pasajeros METRO S.A.; Zona Franca de Iquique S.A. - ZOFRI S.A.; Polla Chilena de Beneficiencia S.A. - POLLA S.A.; Empresa Consecionaria de Servicios Sanitarios S.A. - ECONSSA S.A.; Empresa de Servicios Sanitarios Lago Peñuelas S.A; Sociedad Agrícola y Servicios Isla de Pascua Ltda. - SASIPA Ltda.; Comercializadora de Trigo S.A. - COTRISA S.A.; Sociedad Agrícola SACOR Ltda.; Empresa Nacional del Carbón S.A. – ENACAR S.A.
Resolución (A) Nº 86, de 5 de abril de 2002 del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO (Nº 1, letra a)
Administra y venta de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales de propiedad de la Corporación cuya enajenación sea resuelta por el Consejo de CORFO, o la preparación de la venta de acciones o derechos de la Corporación en aquellas sociedades que el Consejo de CORFO apruebe vender en el futuro, cuando el Vicepresidente Ejecutivo, excepcionalmente encomiende dichas funciones al Comité. Resolución (A) Nº 86, de 5 de abril de 2002 del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO (Nº 1, letra b), modificado por la Resolcuición (A) N°325 de 2010.
El SEP debe suscribir un Convenio de Programación con aquellas empresas del Estado que quieran obtener la garantía estatal a que se refiere la ley Nº 19847, en el que se especificarán los objetivos y los resultados esperados de su operación y programa de inversiones.  Ley Nº 19847 (artículo 2º, inciso primero) 
El SEP designa y remueve a los integrantes de los directorios de las siguientes empresas: Empresa de los Ferrocarriles del Estado; Empresa de Correos de Chile; Empresa de Abastecimiento de Zonas Aisladas; Empresa Portuaria Arica; Empresa Portuaria Iquique; Empresa Portuaria Antofagasta; Empresa Portuaria Coquimbo; Empresa Portuaria Valparaíso; Empresa Portuaria San Antonio; Empresa Portuaria Talcahuano San Vicente; Empresa Portuaria Puerto Montt; Empresa Portuaria Chacabuco; Empresa Portuaria Austral.   1) Acuerdo del Consejo de CORFO Nº 2.274, de 8 de septiembre de 2003.
2) Resolución (A) Nº 130, de 12 de septiembre de 2003, del Vicepresidente Ejecutivo.
3) DFL Nº 22, del Ministerio de Hacienda y de Transporte y Telecomunicaciones; 
 4) DFL Nº 23, del Ministerio de Hacienda y de Economía, Fomento y Reconstrucción; 
5) DFL Nº 24, del Ministerio de Hacienda y de Transporte y Telecomunicaciones; 
6) DFL Nº 25, del Ministerio de Hacienda y de Transporte y Telecomunicaciones, publicados todos en el Diario Oficial el 2 de septiembre de 2003. 
El SEP debe entregar en mayo de cada año al Presidente de la república y al Congreso, un informe de gestión del año precedente que incluya el desempeño económico y financiero de todas las empresas a las cuales presta asesoría técnica y, en el caso de aquellas empresas sujetas a Convenio de Programación, una evaluación específica de su grado de cumplimiento.    Ley Nº 19847 (artículo 2º, inciso segundo) 
El SEP debe confeccionar y presentar al Presidente de la República y a los Presidentes del Senado y Cámara de Diputados una memoria anual acerca de sus actividades y de los resultados de las empresas en que tenga injerencia.   Resolución (A) Nº 86, de 5 de abril de 2002 del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO (Nº 12, letra a)

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